GUÍA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO (VUT) EN MADRID 2018 (3)

GUÍA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO (VUT) EN MADRID 2018 (3)

Tercera entrega de la Guía para el Alquiler de Viviendas de Uso Turístico (VUT) en Madrid en la que se hablará sobre los trámites, la documentación y los plazos para legalizar nuestra vivienda para ofrecerla a turistas que visitan nuestra ciudad.

Tanto para propietarios como para gestores, que quieran ofrecer una vivienda como alojamiento turístico, deben presentar ante la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid una declaración responsable de inicio de actividad de vivienda de uso turístico, mediante un impreso disponible en esta web. Este impreso también está disponible en la página web de la Comunidad de Madrid (en el apartado trámites), en la Red de Oficinas de Atención al Ciudadano, y en la Dirección General de Turismo.

La gran ventaja de este procedimiento es su rapidez y permanencia, ya que la declaración responsable permitie ejercer la actividad por tiempo indefinidodesde el día de su presentación. 

En teoría, a partir de ese momento podrás publicitarla, pero siempre es recomendable esperar a tener el numero VT que envían desde la Comunidad de Madrid.  El tiempo hasta recibir esta carta es entre 3 a 8 meses.

Hay varias formas de presentar esta documentación, dependiedo si se trata de una persona física o de una persona jurídica.

Como persona física se puede hacer de forma electrónica, a través de la Oficina Virtual de la Comunidad de Madrid, desde este enlace.

De forma presencial, el trámite se pued ehacer a través de la Oficina de Registro de la Dirección de General de Turismo de la Comunidad de Madrid, Oficinas de asistencia en materia de registro y en la Red de Oficinas de Atención al Ciudadano.

Sin certificado digital se puede rellenar el formulario por internet y adjuntar la documentación adicional requerida del procedimiento. Pero deberás presentarla físicamente en la Oficina de Registro del órgano competente y resto de Oficinas de registro.

También en los registros de las entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Como persona jurídica se entrá que hacer siempre de forma electrónica.

La documentación a presentar es la siguiente:

siguientes documentos:

  1. La documentación que acredite la personalidad física o jurídica del interesado (DNI o NIE).
  2. Los que acrediten la disponibilidad de la vivienda (escritura compraventa, contrato de arrendamiento o de cesión, u otros)
  3. El plano de la vivienda firmado por técnico competente, y visado por el colegio profesional correspondiente.

Hay que indicar que la falsedad comprobada del contenido de la declaración responsable se sancionará con multas de 30.001,00 a 300.000,00 €, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que de tal hecho se pudiese derivar.

 

Puedes consultar la primera parte de la GUÍA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO (VUT) EN MADRID 2018 (1)

y la segunda parte de la GUÍA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS DE USO TURISTICO (VUT) EN MADRID 2018 (2).